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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.30038 de 118
Norma
Ley N° 19.300
Título
Aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente
Cita
Ley N° 19.300, artículo 21

Texto del artículo

Artículo 21.- Si se rechaza una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, el responsable del proyecto o actividad podrá presentar una nueva Declaración o Estudio. Con todo, el nuevo ingreso no podrá materializarse sino hasta que se resuelva el recurso de reclamación a que se refiere el inciso primero del artículo 20 de esta ley, o hubiere quedado ejecutoriada la sentencia que se pronuncie sobre la reclamación establecida en el inciso cuarto del mismo artículo.