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Derecho público chileno

NormaLey N° 19.29664 de 72
Norma
Ley N° 19.296
Título
Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la administracion del estado
Cita
Ley N° 19.296, artículo 63

Texto del artículo

Artículo 63.- La resolución judicial que estableciere la disolución de una asociación nombrará uno o varios liquidadores, si no estuvieren designados en los estatutos, o éstos no determinaren la forma de su designación, o esta determinación hubiere quedado sin aplicarse o sin cumplirse. Para los efectos de su liquidación, la asociación se reputará existente. En todo documento que emane de una asociación en iiquidación, se indicará esta circunstancia.