- Norma
- Ley N° 19.070
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican
- Cita
- Ley N° 19.070, artículo 58
Texto del artículo
Artículo 58: Lo dispuesto en los artículos anteriores, no Ley Nº19.278 afectará para ningún efecto legal, al monto de la Art.5º remuneración básica mínima nacional establecida en el artículo 35 de esta ley.