Artículo 18 Z
- Norma
- Ley N° 19.070
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican
- Cita
- Ley N° 19.070, artículo 18 Z
Texto del artículo
Artículo 18 Z.- Un reglamento dictado por el Ministerio de Educación y suscrito por el Ministro de Hacienda desarrollará las materias reguladas en el presente título.