- Norma
- Ley N° 18.883
- Título
- Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
- Cita
- Ley N° 18.883, artículo 98
Texto del artículo
Artículo 98.- El derecho al cobro de las asignaciones que establece el artículo anterior, prescribirá en el plazo de seis meses contado desde la fecha en que se hicieron exigibles.