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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.88377 de 165
Norma
Ley N° 18.883
Título
Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
Cita
Ley N° 18.883, artículo 77

Texto del artículo

Artículo 77.- En los casos de subrogación del cargo de alcalde, asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario en ejercicio que le siga en orden de jerarquía dentro de la municipalidad, con excepción de los jueces de policía local. Sin perjuicio de lo anterior, el alcalde podrá designar como subrogante a un funcionario que no corresponda a dicho orden, para lo cual consultará al consejo de desarrollo comunal.