- Norma
- Ley N° 18.883
- Título
- Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
- Cita
- Ley N° 18.883, artículo 67
Texto del artículo
Artículo 67.- El alcalde ordenará los turnos pertinentes entre su personal y fijará los descansos complementarios que correspondan.