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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.883152 de 165
Norma
Ley N° 18.883
Título
Aprueba estatuto administrativo para funcionarios municipales
Cita
Ley N° 18.883, artículo 147

Texto del artículo

Artículo 147.- La declaración de vacancia procederá por las siguientes causales: a) Salud irrecuperable o incompatible con el desempeño del cargo. El solo hecho de contar con una calificación y certificación de discapacidad de conformidad con la ley N° 20.422 y/o ser asignataria de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, no configurará esta causal; b) Pérdida sobreviniente de alguno de los requisitos de ingreso a la municipalidad, y c) Calificación del funcionario en lista de Eliminación o Condicional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.