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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.83450 de 168
Norma
Ley N° 18.834
Título
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo
Cita
Ley N° 18.834, artículo 50

Texto del artículo

Artículo 50.- El funcionario calificado por resolución ejecutoriada en lista 4 o por dos años Ley 19.165, consecutivos en lista 3, deberá retirarse del servicio Art. 1° dentro de los 15 días hábiles siguientes al término de la Ley 18.834, calificación. Si así no lo hiciere se le declarará Art. 45. vacante el empleo a contar desde el día siguiente a esa fecha. Se entenderá que la resolución queda ejecutoriada desde que venza el plazo para reclamar o desde que sea notificada la resolución de la Contraloría General de la República que falla el reclamo. Si un funcionario conserva la calificación en lista 3, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40, no se aplicará lo establecido en el inciso precedente, a menos que la falta de calificación se produzca en dos períodos consecutivos.