- Norma
- Ley N° 18.575
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
- Cita
- Ley N° 18.575, artículo 51
Texto del artículo
Artículo 51.- El Estado velará permanentemente por la Ley 18.575 carrera funcionaria y el cumplimiento de las normas y Art. 53º principios de carácter técnico y profesional establecidos D.O. 05.12.1986 en este párrafo, y asegurará tanto la igualdad de oportunidades de ingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes.