- Norma
- Ley N° 18.575
- Título
- Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
- Cita
- Ley N° 18.575, artículo 44
Texto del artículo
Artículo 44.- El ingreso en calidad de titular se hará por concurso público y la selección de los postulantes Ley 18.575 se efectuará mediante procedimientos técnicos, imparciales Art. 46º e idóneos que aseguren una apreciación objetiva de sus D.O. 05.12.1986 aptitudes y méritos.