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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.57520 de 84
Norma
Ley N° 18.575
Título
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
Cita
Ley N° 18.575, artículo 20

Texto del artículo

Artículo 20.- La Administración del Estado asegurará Ley 18.575 la capacitación y el perfeccionamiento de su personal, Art. 17º conducentes a obtener la formación y los conocimientos D.O. 05.12.1986 necesarios para el desempeño de la función pública.