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Derecho público chileno

NormaLey N° 18.57517 de 84
Norma
Ley N° 18.575
Título
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
Cita
Ley N° 18.575, artículo 17

Texto del artículo

Artículo 17.- Las normas estatutarias del personal de Ley 18.575 la Administración del Estado deberán proteger la dignidad Art. 14º de la función pública y guardar conformidad con su D.O. 05.12.1986 carácter técnico, profesional y jerarquizado.