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Derecho público chileno

NormaLey N° 17.28825 de 55
Norma
Ley N° 17.288
Título
Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el decreto ley 651, de 17 de octubre de 1925
Cita
Ley N° 17.288, artículo 25

Texto del artículo

Artículo 25°.- El material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, autorizadas por el Consejo, podrá ser cedido por éste hasta en un 25% a dichas misiones, reservándose el Consejo el derecho a la primera selección y efectuando su distribución según lo determine el Reglamento. La exportación del material cedido a dichas misiones se hará en conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley N° 16.441 y en el Reglamento, previo informe favorable del Consejo.