Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 10.33679 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 79

Texto del artículo

Artículo 79. Los funcionarios a quienes se autorice para girar contra las Tesorerías, rendirán cuentas a la Contraloría mensualmente, de los fondos girados en globo. Esta rendición se hará dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que correspondan los giros.