Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaLey N° 10.33649 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 49

Texto del artículo

Artículo 49. Previa autorización escrita del Contralor, los jefes podrán suscribir por éste las comunicaciones que se dirijan a los funcionarios públicos o particulares, siempre que ellas no importen pronunciamiento definitivo ni instrucciones a las Direcciones o Jefaturas de los servicios fiscales o semifiscales sobre las materias a que se refiere el inciso 1° del artículo 10.