- Norma
- Ley N° 10.336
- Título
- Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
- Cita
- Ley N° 10.336, artículo 49
Texto del artículo
Artículo 49. Previa autorización escrita del Contralor, los jefes podrán suscribir por éste las comunicaciones que se dirijan a los funcionarios públicos o particulares, siempre que ellas no importen pronunciamiento definitivo ni instrucciones a las Direcciones o Jefaturas de los servicios fiscales o semifiscales sobre las materias a que se refiere el inciso 1° del artículo 10.