Artículo 140
- Norma
- Ley N° 10.336
- Título
- Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
- Cita
- Ley N° 10.336, artículo 140
Texto del artículo
Artículo 140. La obligación de rendir caución se aplicará, asimismo, a toda persona que, aun sin ser empleado o funcionario fiscal, desempeñe un encargo o comisión en cuyo ejercicio tenga cualquiera de las funciones indicadas en el inciso 1.o del artículo anterior.