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Derecho público chileno

NormaLey N° 10.33612 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 12

Texto del artículo

Artículo 12. El Contralor General de la República tendrá derecho a asistir, por sí o por Delegado, a las sesiones de los Consejos de las instituciones cuya fiscalización le esté encomendada, con derecho a voz y sin percibir mayor remuneración.