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Derecho público chileno

NormaDecreto Supremo N° 250 de 200481 de 125
Norma
Decreto Supremo N° 250 de 2004
Título
Aprueba reglamento de la ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios
Cita
Decreto Supremo N° 250 de 2004, artículo 70

Texto del artículo

Artículo 70.- Plazo de vigencia: El plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento será el que establezcan las respectivas Bases o requerimientos. En los casos de contrataciones de servicios, éste no podrá ser inferior a 60 días hábiles después de terminados los contratos. Para las demás contrataciones, éste plazo no podrá ser inferior a la duración del contrato. En el caso de que las bases omitan señalar el plazo de vigencia de la garantía, éste será de 60 días hábiles después de terminado el contrato.