- Título
- Aprueba reglamento de la ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios
- Cita
- Decreto Supremo N° 250 de 2004, artículo 17
Texto del artículo
Artículo 17.- Vigencia: La Dirección deberá publicar en el Sistema de Información aquellos Convenios Marcos que se encuentren vigentes, así como las condiciones económicas, técnicas y administrativas contenidas en ellos. Las Entidades se relacionarán directamente con el contratista adjudicado por la Dirección, a través de la emisión de la orden de compra respectiva.