- Norma
- Decreto Ley N° 1263
- Título
- Decreto ley organico de administracion financiera del estado
- Cita
- Decreto Ley N° 1263, artículo 73
Texto del artículo
Artículo 73°- Derógase, a partir de la vigencia establecida en el artículo 2.o transitorio de este decreto ley, el DFL. N° 47, de 1959, y sus modificaciones y toda otra disposición legal contraria al presente decreto ley.