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Derecho público chileno

NormaDecreto Ley N° 126375 de 78
Norma
Decreto Ley N° 1263
Título
Decreto ley organico de administracion financiera del estado
Cita
Decreto Ley N° 1263, artículo 70

Texto del artículo

Artículo 70°- Las materias que de acuerdo a las disposiciones del presente decreto ley deben sancionarse por decreto, serán cumplidas por el Ministro de Hacienda, bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República".