- Título
- Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la constitucion politica de la republica de chile
- Cita
- Constitución Política, artículo 12
Texto del artículo
Artículo 12.- La persona afectada por acto o CPR Art. 12° D.O. resolución de autoridad administrativa que la prive de su 24.10.1980 nacionalidad chilena o se la desconozca, podrá recurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, dentro del plazo de treinta días, ante la Corte Suprema, la que conocerá como jurado y en tribunal pleno. La interposición del recurso suspenderá los efectos del acto o resolución recurridos.