- Norma
- Código Sanitario
- Título
- Codigo sanitario
- Cita
- Código Sanitario, artículo 60
Texto del artículo
Artículo 60°.- El Servicio Nacional de Salud informará al Organismo Internacional correspondiente, cuando un área local infectada que no pertenezca a una zona endémica, se encuentra de nuevo libre de infección. Se considerará que un área local infectada está de nuevo libre de infección cuando se hayan adoptado y mantenido todas las medidas profilácticas para impedir la recurrencia de la enfermedad, y su posible propagación a otras áreas, de acuerdo con el Reglamento respectivo.