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Derecho público chileno

NormaCódigo de Aguas80 de 376
Norma
Código de Aguas
Título
Fija texto del codigo de aguas
Cita
Código de Aguas, artículo 67 bis

Texto del artículo

ARTICULO 67 bis- La declaración o el alzamiento de las zonas de restricción y de prohibición, se publicarán en el sitio web institucional y en el Diario Oficial, los días primero o quince de cada mes o el primer día hábil siguiente, si aquéllos fueren feriados.