Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

NormaCódigo de Aguas55 de 376
Norma
Código de Aguas
Título
Fija texto del codigo de aguas
Cita
Código de Aguas, artículo 50

Texto del artículo

ARTICULO 50°- Si el humedecimiento excesivo de los suelos se debiera a la existencia de obras artificiales, el o los afectados tendrán derecho a solicitar su modificación, la cual no podrá causar perjuicio al dueño de las obras ni a terceros. Los gastos que irroguen dichas modificaciones serán de cargo de los beneficiados con ellas en proporción al beneficio que reporten.