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Derecho público chileno

NormaCódigo de Aguas168 de 376
Norma
Código de Aguas
Título
Fija texto del codigo de aguas
Cita
Código de Aguas, artículo 133

Texto del artículo

ARTICULO 133°- Cumplidos estos trámites, la presentación y demás antecedentes serán remitidos a la Dirección General de Aguas, si hubieren sido presentados a la Gobernación, dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la recepción de la contestación a la oposición. Si dentro de los plazos previstos en el artículo anterior, no se hubiere deducido oposición o habiendo oposición, ésta no fuere contestada, el plazo de tres días se contará, respectivamente, desde el vencimiento de los plazos de treinta y quince días a que se refiere el mencionado artículo.