Cursa con alcances la resolución N° 5, de 2026, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
- Fecha
- 4 de marzo de 2026
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- RES 36/2024 contr art/3, RES 30/2015 contr art/18
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, autoriza financiamiento, aportes reembolsables, construcción edificio de servicios Municipalidad de Maipú
- Cita
- Dictamen N° OF43.664 de 2026
Texto íntegro
N° OF43664 Fecha: 04-03-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que determina y autoriza financiamiento, con aportes reembolsables, del proyecto seleccionado por el Programa de Inversión para el Desarrollo de las Ciudades, denominado “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO DE SERVICIOS MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ”, de la Municipalidad de Maipú (E7001/2025), por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, respecto de la ampliación del plazo del proyecto a que se alude en el último párrafo del artículo undécimo de la resolución en examen, esta Entidad de Control entiende que, al tratarse de una modificación de un acto tomado razón, deberá ser aprobada por el correspondiente acto administrativo sometido a dicho trámite.
Finalmente, cabe recordar que el control de legalidad efectuado no implica un pronunciamiento sobre las materias exentas de toma de razón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la resolución N° 36, de 2024, de esta procedencia, como acontece, por ejemplo, con la calificación y fundamentación efectuada por la unidad otorgante a que se refiere el artículo 18 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República (S)