Competencia para imponer sanción disciplinaria a funcionario de Gendarmería en comisión de servicios
- Fecha
- 15 de diciembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 18834 art/140
- Descriptores
- Responsabilidad administrativa, medidas disciplinarias, multa, gendarmería
- Cita
- Dictamen N° 98.472 de 2015
Resumen
Se representa la resolución que aplicó una multa, pues el Director Regional Metropolitano de Gendarmería es el competente para imponerla conforme al artículo 140 de la ley N° 18.834, y no el Ministerio de Justicia.
Sumario de la Contraloría
Representa resolución N° 49, de 2015, del Ministerio de Justicia
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 9.551 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 98.472 Fecha: 15-XII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aplica la medida disciplinaria de multa de un veinte por ciento de su remuneración mensual al funcionario nombre reservado, de dotación de Gendarmería de Chile, que a la data de emisión de la resolución en trámite, se encontraba en comisión de servicios en dicha Secretaría de Estado, en atención a que el Director Regional Metropolitano del organismo que dispuso la instrucción del procedimiento disciplinario de que se trata, esto es, de la señalada entidad penitenciaria, es el competente para imponer la referida sanción, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 140 de la ley N° 18.834, en armonía con lo sostenido por esta Entidad Fiscalizadora en los dictámenes N" 30.309, de 1984 y 7.054, de 1986, en relación con el dictamen N° 9.551, de 2012, de este origen. En mérito de lo expuesto se representa la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante