Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros
- Fecha
- 6 de enero de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 977 de 2016
Resumen
No corresponde ejercer la facultad de exonerar la responsabilidad civil, pues la entidad policial no incurrió en gastos derivados de los detrimentos causados al móvil.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 37.764 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 977 Fecha: 06-I-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3690, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, es dable manifestar que en la documentación examinada, en especial, el certificado de alta N° 426, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, se advierte que esa entidad policial no incurrió en gastos derivados de los detrimentos causados a dicho móvil, razón por la cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 37.764, de 2015, de este origen, no corresponde que, en la especie, se haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62.
Saluda atentamente a Ud.
Por Orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General