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Derecho público chileno

DictamenN° 9.629 de 201216 feb 2012

Representa resolución N° 1.174, de 2011, de la Universidad de Chile, que aprueba la enmienda en virtud de la cual se prorroga la vigencia del Convenio para Adquisición…

Fecha
16 de febrero de 2012
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
res 1600/2008 contr art/6
Descriptores
acto administrativo, incorporación, contenido íntegro
Cita
Dictamen N° 9.629 de 2012

Sumario

Representa resolución N° 1.174, de 2011, de la Universidad de Chile, que aprueba la enmienda en virtud de la cual se prorroga la vigencia del Convenio para Adquisición de Sistema de Ficha Clínica Electrónica para el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por cuanto en el cuerpo de la resolución en estudio no fue transcrito el texto exacto e íntegro del respectivo convenio

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 9.629 Fecha: 16-II-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.174, de 2011, de la Universidad de Chile, que aprueba la enmienda en virtud de la cual se prorroga la vigencia del Convenio para Adquisición de Sistema de Ficha Clínica Electrónica para el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por cuanto en el cuerpo de la resolución en estudio no fue transcrito el texto exacto e íntegro del respectivo convenio, particularmente en lo que concierne al párrafo tercero de la cláusula cuarta. En efecto, de conformidad con lo prescrito en el artículo 6° de la resolución N° 1600, de 2008, de esta Entidad de Control, y con la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 48.459, de 2010 y 26.212, de 2009, los Servicios deben incorporar en la parte resolutiva del acto administrativo que lo apruebe, el contenido íntegro del documento correspondiente. Al respecto, y atendido que el convenio está vinculado a un proyecto financiado en parte con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo, resulta relevante la referida omisión, por cuanto esa estipulación alude a la carta de no objeción que otorgara ese Banco en relación con el aplazamiento del sistema contratado, la que debiera, además, formar parte de la motivación del acto en estudio y por ende, agregarse a los considerandos. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa la resolución en estudio.

nombre reservado

Contralor General de la República