Cursa con alcances la resolución N° 14, de 2014, de la Superintendencia de Casinos de Juego
- Fecha
- 11 de diciembre de 2014
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr art/3
- Descriptores
- acto administrativo, materias exentas y afectas
- Cita
- Dictamen N° 95.998 de 2014
Texto íntegro
N° 95.998 Fecha:11-XII-2014 Esta Entidad de Control ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para contratar el servicio de arriendo, implantación y mantenimiento de equipamiento y sistemas de plataforma tecnológica que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en relación a lo previsto en el punto N° 1.6 del pliego de condiciones, cumple con señalar que una eventual modificación de las etapas y plazos ahí establecidos debe ser aprobada por un acto administrativo debidamente tramitado. Luego, es menester indicar que, de conformidad al artículo 3° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Fiscalizador, la toma de razón de la presente resolución no implica un control de juridicidad de aquellas materias que en ella se contienen que son exentas de ese examen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante