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Derecho público chileno

DictamenN° 94.248 de 201527 nov 2015

Reconsideración de dictamen sobre licitación de servicentro municipal y decisión del concejo

Fecha
27 de noviembre de 2015
Materia
Municipalidades y administración local y regional
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
municipalidades, concejo y concejales, concesiones bien nacional de uso público, licitación
Cita
Dictamen N° 94.248 de 2015

Resumen

Se desestima la solicitud de reconsideración por no aportarse nuevos antecedentes de hecho o de derecho, ratificándose el dictamen en todas sus partes; la información invocada ya fue ponderada.

Sumario de la Contraloría

Desestima solicitud de reconsideración del dictamen N° 1.279, de 2015, por no existir nuevos antecedentes y remite oficio que indica

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 94.248 Fecha: 27-XI-2015 La Contraloría Regional del Bío-Bío ha remitido una presentación de doña nombre reservado y los señores Vasili nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado y nombre reservado, todos ediles de la Municipalidad de Lota, mediante la cual solicitan la revisión del dictamen N° 1.279, de 2015, fundada en que la consulta del alcalde, que originó la emisión de dicho oficio, habría omitido información relevante sobre la decisión adoptada por el concejo respecto de la adjudicación del cuarto llamado a licitación del “Servicio de Concesión de Servicentro de Combustibles Sector Bannen de Lota”. Como cuestión previa, cabe señalar que el aludido pronunciamiento, concluyó, por las razones que indica, que ese ente colegiado no se había ajustado a derecho al rechazar la propuesta de adjudicación a la empresa Servicios SERCO Limitada, en el marco del quinto proceso licitatorio convocado a través del decreto N° 2.051, de 2013, del anotado municipio, con el objeto de concesionar el bien nacional de uso público ubicado en calles Bannen esquina Serrano de la citada comuna, y que la máxima autoridad edilicia debía consultar nuevamente sobre la materia a dicho órgano pluripersonal, y este decidir conforme con los criterios que se anotaron, siendo del caso aclarar que la información a que se refieren los ocurrentes se tuvo a la vista para resolver. Al respecto, es dable recordar que con anterioridad, la mencionada Sede Regional del Bío-Bío, mediante el oficio N° 8.077, de 2013, había desechado un reclamo de la sociedad Comercializadora y Distribuidora Petromas Limitada, en contra del decreto N° 2.486, de 2012, del citado municipio, que dejó sin efecto el referido cuarto llamado a la licitación “Servicio de Concesión de Servicentro de Combustibles Sector Bannen de Lota”, por los motivos que expone, con lo que aparece que la información a que aluden los ocurrentes fue ponderada en su oportunidad. Por lo tanto, considerando que los ocurrentes no han aportado nuevos antecedentes de hecho o de derecho que permitan modificar el criterio contenido en el dictamen N° 1.279, de 2015, cuya revisión se requiere, no cabe sino desestimar dicha solicitud, ratificándolo en todas sus partes. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con remitir el informe de la Municipalidad de Lota, contenido en el oficio N° 1.321, de 2015, relativo a la materia. Transcríbase a la Municipalidad de Lota, y a la Contraloría Regional del Bío-Bío. Saluda atentamente a Ud. nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante