Invalidez de exfuncionaria de la Fuerza Aérea y competencia de su Comisión de Sanidad
- Fecha
- 11 de febrero de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19880 art/22
- Descriptores
- FACH, Comisión de Sanidad, causal de retiro
- Cita
- Dictamen N° 9.388 de 2013
Resumen
Se ratifica el dictamen que rechazó el cambio de causal de retiro, pues la Comisión de Sanidad determinó que la exfuncionaria no cumplía los requisitos de inutilidad al momento de su retiro y el recurrente no aportó nuevos antecedentes.
Sumario de la Contraloría
Corresponde a la Comisión de Sanidad de la Fuerza Aérea pronunciarse sobre invalidez de sus exfuncionarios
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 77.317 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 9.388 Fecha: 11-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, en representación, según expresa, de doña nombre reservado, exfuncionaria de la Fuerza Aérea, para solicitar se disponga el cambio de la causal de retiro de aquélla, por una inutilidad de segunda clase, pues, a su juicio, la dolencia que padece fue adquirida durante el desempeño de sus labores.
Requerido su informe, esa entidad acompañó copia del acta de su Comisión de Sanidad, en la que se resuelve que la patología que la señora nombre reservado padecía a la época de su cese, no le permite obtener una inutilidad.
Como cuestión previa, cabe manifestar que el artículo 22 de la ley N° 19.880, faculta a los interesados para actuar por medio de representantes o apoderados, los cuales deberán contar al efecto con un poder otorgado por escritura pública o documento privado suscrito ante notario, formalidad que, en la especie, no ha acreditado el ocurrente.
Sin perjuicio de lo cual, resulta menester recordar que atendiendo una similar presentación de la señora nombre reservado, esta Entidad de Control, a través de su dictamen N° 77.317, de 2012, señaló que la Comisión de Sanidad de esa institución castrense, mediante su acta N° 262, de 30 de diciembre de 2011, determinó que la afectada no cumplía al momento de su retiro -1 de junio de 2005-, con los requisitos legales que rigen las inutilidades, por lo que no es posible el cambio de causal de retiro que se pretende.
Pues bien, dado que el peticionario no aporta elementos de juicio que permitan modificar el referido dictamen N° 77.317, de 2012, esta Entidad de Control ratifica ese pronunciamiento.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante