La Dirección de Compras y Contratación Pública ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el dictamen N° 67.946, de 2016, debiendo enviar a toma de razón las adjudicaciones…
- Fecha
- 29 de diciembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 CONTR art/9 num/9/6/4
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, licitación pública, convenio marco, evaluación ofertas
- Cita
- Dictamen N° 93.753 de 2016
Sumario
La Dirección de Compras y Contratación Pública ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el dictamen N° 67.946, de 2016, debiendo enviar a toma de razón las adjudicaciones de las nuevas categorías del convenio marco
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 7.558 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 67.946 de 2016
- Aplica Dictamen N° 93.199 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 93.753 Fecha: 29-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Compras y Contratación Pública, DCCP, informando que en cumplimiento de lo resuelto a través del dictamen N° 67.946, de 2016, procedió a evaluar nuevamente la oferta del proveedor que singulariza, con motivo de la cual la situación de éste cambia al sumarse dos nuevas categorías a su adjudicación original.
Al respecto, cabe manifestar que el aludido dictamen se pronunció sobre la presentación efectuada por un oferente de la licitación pública del convenio marco sobre impresoras, arriendo de impresoras, accesorios y suministros de impresoras, pues la DCCP había excluido su oferta por estimar que había excedido el máximo de 100 productos nuevos que las bases administrativas permitían ofertar.
Sobre el particular, el referido pronunciamiento señaló que el reclamante había cometido un error formal al presentar en su propuesta un producto nuevo repetido, razón por la cual si bien en el listado se contaban 101 productos nuevos, en realidad no se habían vulnerado las bases, pues su oferta solo contemplaba el máximo de 100 permitidos.
En ese contexto, la DCCP, debía evaluar la oferta declarada inadmisible e informar a esta Contraloría General de ello.
En esta oportunidad esa Dirección, dando cumplimiento al dictamen N° 67.946, de 2016, informa que ha procedido a evaluar al reclamante, el que obtuvo el puntaje suficiente para ser adjudicado en las categorías “Impresoras” y “Arriendo costo fijo más variable”, por lo que cabe concluir que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el citado pronunciamiento.
No obstante, se advierte que dichas adjudicaciones se efectuaron mediante resolución exenta N° 635 B, de 2016, en circunstancias que por tratarse de nuevas categorías, estas corresponden a nuevas adjudicaciones y no modificaciones de la ya efectuada, por lo que ha debido someterse al trámite de toma de razón, conforme con lo previsto en el artículo 9°, punto 9.6.4., de la resolución 1.600, de 2008, de esta Contraloría General (aplica criterio de dictamen N° 93.199, de 2014).
En consecuencia, la DCCP deberá remitir para el control de legalidad la resolución que adjudique las nuevas categorías al oferente de que se trata.
Transcríbase a los señores nombre reservado y nombre reservado, acompañando copia del oficio N° rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República