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Derecho público chileno

DictamenN° 9.369 de 20165 feb 2016

Cursa con alcance la resolución N° 39, de 2015, del Servicio de Registro Civil e Identificación

Fecha
5 de febrero de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/43
Descriptores
facultades CGR, toma de razón, contratos administrativos
Cita
Dictamen N° 9.369 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 9.369 Fecha: 05-II-2016 Este Órgano de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio de administración de sala cuna y jardín infantil, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, esta Contraloría General entiende que la devolución del documento de garantía de seriedad de la oferta al segundo mejor evaluado, en el supuesto que el oferente adjudicado suscriba el acuerdo de voluntades, deberá realizarse tan pronto ocurra ese acontecimiento, y no como prescribe el N° 2.1 del pliego de condiciones, toda vez que conforme al artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la facultad de extender el plazo de restitución allí previsto, opera para el caso que el mejor de los calificados "se desistiera de celebrar el respectivo contrato" (aplica dictamen N° 32.306, de 2015). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República