Prescripción del derecho a modificar causal de retiro por inutilidad en la Armada
- Fecha
- 25 de noviembre de 2015
- Fuentes legales
- DFL 1/68 defen art/164 inc/3, dfl 1/97 defen art/fin
- Descriptores
- prescripción, Estatuto de las Fuerzas Armadas, cese de funciones, retiro, inutilidad de segunda clase
- Cita
- Dictamen N° 93.640 de 2015
Resumen
El derecho a modificar la causal de retiro por una inutilidad de segunda clase se encuentra prescrito, pues transcurrieron más de diez años desde la notificación de la resolución que otorgó la invalidez de primera clase.
Sumario de la Contraloría
Derecho a modificar causal de retiro en la Armada, prescribe en el plazo de diez años
Texto íntegro
N° 93.640 Fecha: 25-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Alejandro Bustamante Llegues, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de la Armada, solicitando que la invalidez de primera clase que se le otorgó a su mandante se cambie por una inutilidad de segunda clase.
Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 164, inciso tercero, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente en virtud del artículo final del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, de la misma Secretaría de Estado, previene, en lo que importa, que el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimientos o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en el plazo de 10 años.
En este orden de ideas, y considerando que entre el 17 de abril de 1995, data de notificación de la resolución N° 30, de 1995, de esa institución castrense, que le otorgó al interesado una invalidez de primera clase y la presentación realizada por el recurrente ante esta Contraloría General, de fecha 9 de noviembre de 2015, han transcurrido más de 10 años, es dable anotar que el derecho del señor nombre reservado para modificar su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase, se encuentra, en la actualidad, prescrito.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante