Cursa con alcances el decreto N° 1.609, de 2016, del Ministerio de Hacienda
- Fecha
- 26 de diciembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 30/2015 CONTR art/1
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, fundación teletón, transferencia de recursos, examen y rendición de cuentas
- Cita
- Dictamen N° 92.578 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 100.437 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 92.578 Fecha: 26-XII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba el convenio de transferencia de recursos con la Fundación Teletón, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que tal como ya fuera indicado mediante el dictamen N° 100.437, de 2015, de este origen, la vigencia de dicho acuerdo de voluntades debe extenderse hasta la aprobación de la rendición de cuentas, o bien, hasta la restitución de los saldos no ejecutados, no rendidos u observados, aspecto este último que se omitió incluir en el párrafo cuarto del punto III. Finalmente, corresponde precisar que de conformidad con el artículo 1° de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, es la Subsecretaría de Hacienda el organismo público responsable de rendir cuentas ante esta Entidad de Control, y no la Fundación Teletón, como se señala en la letra m) del número V del acto administrativo de la especie. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República