Cursa con alcances la resolución N° 285, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 23 de diciembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19886 art/9, dto 250/2004 HACIE art/41
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, licitación pública, inadmisibilidad propuesta
- Cita
- Dictamen N° 92.322 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 36.173 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 84.049 de 2016
- Aplica Dictamen N° 39.842 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 92.322 Fecha: 23-XII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que adjudica la licitación pública ID 5600-17-LR16, por cuanto se ajusta a derecho.
Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que la declaración de inadmisibilidad de algunas de las propuestas presentadas se realiza en el considerando N° 4 del acto en estudio, lo que no se ajusta a lo previsto en los artículos 9° de la ley N° 19.886 y 41 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de modo que en lo sucesivo una declaración de esa naturaleza deberá efectuarse en la parte resolutiva del acto administrativo que adjudica el certamen o de otro que se dicte al efecto (aplica criterio contenido en el dictamen N° 39.842, de 2015).
Además, en lo sucesivo, en ese servicio deberá incorporar el nombre de los proveedores en cada una de las tablas que aluden a la evaluación de los proponentes, o que se ha omitido en una de las que se incluyen en el considerando N° 5 del documento del rubro (aplica dictamen N° 84.049, de 2016)
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República