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Derecho público chileno

DictamenN° 919 de 201811 ene 2018

Revisión de calificación e inclusión en escalafón de complemento en la Policía de Investigaciones

Fecha
11 de enero de 2018
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
DFL 1/80 DEFEN art/67, Ley 18834 art/160
Descriptores
pdi, reclamo calificación, escalafón de complemento, solicitud extemporánea
Cita
Dictamen N° 919 de 2018

Resumen

Se rechaza la pretensión por extemporánea, pues el recurso se interpuso vencido el plazo de diez días contado desde la notificación de los acuerdos de la Junta de Apelaciones.

Sumario de la Contraloría

No procede revisar calificación ni inclusión en el escalafón de complemento, dada la extemporaneidad de la petición

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 919 Fecha: 11-I-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, impugnando lo obrado por la Junta de Apelaciones en el período calificatorio 2016-2017, en cuanto a confirmar tanto su ubicación en Lista N° 1 como su incorporación en el escalafón de complemento.

Al respecto, cabe señalar que el artículo 67 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 160 de la ley N° 18.834, permite requerir que se revise la evaluación, siempre que se interponga, ante esta Entidad Fiscalizadora, el recurso que otorga ese último texto legal, dentro del término de diez días contado desde que se tuvo conocimiento de la decisión adoptada por el órgano calificador, plazo que, acorde con lo sostenido en el dictamen N° 21.066, de 2010, de este origen, entre otros, también es aplicable para solicitar el examen del acto administrativo que resuelve la inclusión en el aludido escalafón, lo que no se satisface en la especie.

Lo anterior, pues en la documentación tenida a la vista, y tal como lo reconoce el propio recurrente, aparece que con fecha 21 de noviembre de 2017, a aquel se le notificaron los acuerdos adoptados por la referida junta, en los que se decidió mantener su clasificación en Lista N° 1 y agregarlo en el escalafón de complemento, reclamando de tales medidas, ante esta Contraloría General, el día 11 de diciembre de 2017, esto es, una vez vencido el indicado plazo de diez días, por lo que se rechaza su pretensión.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal