Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 9.132 de 20164 feb 2016

Cursa con alcance la resolución N° 788, de 2015, del Fondo Nacional de Salud

Fecha
4 de febrero de 2016
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Fonasa, Contratación Pública, bases de licitación
Cita
Dictamen N° 9.132 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 9.132 Fecha:04-II-2016 Este Órgano Fiscalizador ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio de cobranza judicial que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, es necesario que en el desarrollo de la licitación pública, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública que el llenado de los campos correspondientes a los estudios de post grado y a los años de experiencia en la empresa de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo a que alude formulario contenido en el anexo N° 9, es voluntario y su omisión no tendrá efecto alguno en el desarrollo de la propuesta, toda vez que no consta el fundamento de dichas exigencias ni constituyen objeto de evaluación (aplica criterio de los dictámenes N°s. 11.647 y 27.523, ambos de 2015). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República