Se abstiene de emitir un pronunciamiento por las razones que indica y remite presentación que señala
- Fecha
- 16 de noviembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19880 art/14 inc/2
- Descriptores
- Facultades CGR, competencia, Superintendencia de Educación, SUDED
- Cita
- Dictamen N° 90.949 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.143 de 2015
- Aplica Dictamen N° 52.171 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 90.949 Fecha: 16-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Sindicato de Trabajadores Sociedad Educacional San Antonio Ltda., del Centro Politécnico Particular de Ñuñoa, informando que el representante legal de la señalada sociedad no pagó el denominado ‘Bono SAE’ en el mes de diciembre de 2014 a los docentes que indica, con desempeño en ese recinto estudiantil.
Sobre el particular, considerando que la materia sobre la cual se ha requerido un pronunciamiento se encuentra en el ámbito de atribuciones de la Superintendencia de Educación -en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 52.171, de 2014, de este origen-, cumple esta Contraloría General con remitir los antecedentes de la referencia para los fines procedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico.
Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
Transcríbase a la entidad interesada.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica