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Derecho público chileno

DictamenN° 90.500 de 201513 nov 2015

Representa el decreto N° 28, de 2015, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fecha
13 de noviembre de 2015
Materia
Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones)
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 19/2001 Sepre art/1
Descriptores
CEPAL, segpres, tratados internacionales
Cita
Dictamen N° 90.500 de 2015

Relaciones

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 90.500 Fecha:13-XI-2015 Esta Contraloría General ha debido representar el decreto N° 28, de 2015, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia -que aprueba un convenio marco de cooperación técnica suscrito entre dicha repartición y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL)-, por no ajustarse a derecho. En primer lugar, cabe observar que no existe norma legal ni acto delegatorio previo, que habilite al ministro de esa cartera para suscribir el instrumento en examen, bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”. Es del caso precisar que el artículo 1°, apartado I, N° 17, del decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, invocado en los vistos del acto en trámite y que faculta a los ministros de Estado para utilizar dicha fórmula, tratándose de las materias que indica, no resulta aplicable a los acuerdos por los que se contraen obligaciones como las estipuladas en la especie (aplica criterio contenido en el dictamen N° 77.584, de 2015). En segundo y último lugar, corresponde hacer presente que en la cláusula cuarta del convenio de que se trata, se designa como representante de la referida secretaría de Estado al jefe de su “Unidad de Modernización del Estado y Gobierno Digital”, sin que conste la fuente normativa en cuya virtud se creó tal dependencia en la estructura orgánica de esa cartera. En mérito de lo expuesto, se representa el decreto en análisis. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante