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Derecho público chileno

DictamenN° 90.182 de 201512 nov 2015

Calificación de exfuncionario de Carabineros e inclusión en Lista N° 3, de Observación

Fecha
12 de noviembre de 2015
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
dto 5193/59 Inter art/113 inc/1, dto 5193/59 Inter art/118 lt/c num/1
Descriptores
Estatutos, Estatuto de Carabineros de Chile, calificaciones
Cita
Dictamen N° 90.182 de 2015

Resumen

La evaluación se ajustó a derecho; no procedía la Lista N° 3 porque el funcionario obtuvo nota 1 en responsabilidad y conducta, bajo el mínimo de 2 exigido.

Sumario de la Contraloría

Funcionario de Carabineros de Chile para ser incorporado en la lista N° 3, de observación, no debe tener ninguna nota inferior a dos

Texto íntegro

N° 90.182 Fecha: 12-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ricardo Benito Cienfuegos Segovia, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, impugnando la legalidad de la calificación de su mandante correspondiente del año 2014, en la que fue incluido en Lista N o 4, de Eliminación, lo que, en opinión de ese organismo, se ajustaría a la normativa que regula la materia.

Al respecto, en cuanto a que esa evaluación fue realizada por un subteniente que no tendría una permanencia mínima de dos años en ese grado, es dable anotar que el artículo 113, inciso primero, del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, establece, en lo que importa, que las calificaciones de cabos -calidad que poseía el afectado-, serán confeccionadas por un oficial subalterno, lo que ocurrió en la especie, siendo necesario agregar que dicho precepto no contempla la restricción a la que se refiere el peticionario.

Enseguida, en lo que atañe a que el señor nombre reservado cumpliría con los requisitos que le permitirían ser incorporado en la Lista N° 3, de Observación, es útil expresar, con arreglo a lo prescrito en el artículo 118, letra c), N° 1, del citado ordenamiento, que para figurar en esa nómina se debe acreditar un mínimo de 12 puntos y ninguna apreciación inferior a 2, exigencia, esta última, que aquel no satisfizo pues obtuvo nota 1 en los rubros responsabilidad y conducta.

Por consiguiente, cabe concluir que la evaluación del señor nombre reservado, se ajustó a derecho.

Transcríbase a Carabineros de Chile.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante