Solicitud de invalidación de retiro temporal en Gendarmería de Chile
- Fecha
- 12 de noviembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18834 art/160, dfl 1791/79 justi art/1
- Descriptores
- Estatutos, Estatuto de Gendarmería de Chile, retiro
- Cita
- Dictamen N° 90.178 de 2015
Resumen
No procede dejar sin efecto el retiro temporal, porque la petición se presentó transcurrido con creces el plazo de diez días hábiles desde la notificación del cese.
Sumario de la Contraloría
No procede dejar sin efecto retiro temporal en Gendarmería de Chile, atendida la extemporaneidad de la petición
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 52.440 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 90.178 Fecha: 12-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, ex funcionario de Gendarmería de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su retiro temporal.
Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo señalado en el artículo 160 de la ley N° 18.834 -aplicable en virtud de lo previsto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, según se precisó en el dictamen N° 52.440, de 2012, de este origen-, que los servidores de la referida institución penitenciaria pueden pedir se invalide su cese, ante esta Entidad de Control, dentro del plazo de diez días hábiles contado desde que tuvieron conocimiento del acto que ordenó su eliminación, requisito que no se cumple en la especie.
En efecto, en los antecedentes en poder de este Organismo Fiscalizador, consta que el recurrente, con fecha 24 de noviembre de 2014, fue notificado del total trámite de la resolución que dispuso su baja, reclamando de tal medida, ante esta Contraloría General, el día 15 de octubre de 2015, esto es, transcurrido con creces el aludido lapso de diez días hábiles, motivo por el cual la petición del señor nombre reservado, resulta extemporánea.
Transcríbase a la Contraloría Regional de La Araucanía.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante