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Derecho público chileno

DictamenN° 89.542 de 201417 nov 2014

Contrato de lavandería hospitalaria suscrito por el Hospital Clínico San Borja Arriarán

Fecha
17 de noviembre de 2014
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
Res 1600/2008 contr art/6
Descriptores
Aprobación contrato servicios, licitación, personería, representantes
Cita
Dictamen N° 89.542 de 2014

Resumen

Se representa la resolución que aprueba el contrato, por no acompañarse documentación que acredite la personería de los representantes de la sociedad y por errores en el RUT de la adjudicataria y en cláusulas del convenio.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución N° 5.132, de 2014, del Hospital Clínico San Borja Arriarán

Texto íntegro

N° 89.542 Fecha: 17-XI-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el “Contrato Servicio de Lavado-Planchado-Reparación Ropa Hospitalaria y Preparación de Paquetes Quirúrgicos”, suscrito por el Hospital Clínico San Borja Arriarán con la empresa Lavandería Albia S.A., por cuanto no se ajusta a derecho.

En efecto, no se acompaña documentación que acredite la personería de los representantes de la sociedad compareciente a la referida contratación, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Control.

Además, cabe hacer presente que en la cláusula primera del convenio existe un error respecto del número del rol único tributario de la adjudicataria, y que no corresponden las alusiones al “presente capítulo” y a las retenciones del contrato -considerando que estas últimas no se contemplan en los documentos aplicables en la especie- que efectúan los párrafos tercero, N° 6, y sexto, respectivamente, de la cláusula quinta de ese acuerdo.

En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República