Cursa con alcances la resolución Nº 16, de 2019, de la Subsecretaría de Servicios Sociales
- Fecha
- 1 de abril de 2019
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 Hacie art/31, dto 250/2004 Hacie art/68
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, licitación pública, aprobación de bases
- Cita
- Dictamen N° 8.939 de 2019
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 39.123 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 8.939 Fecha: 01-IV-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba bases administrativas, técnicas, anexos y contrato tipo de licitación pública para la contratación del servicio de atención telefónica de usuarios de programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social modalidad contact center, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, es necesario que en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración que el término “boleta” utilizado en la cláusula novena del contrato, comprende cualquier instrumento que garantice la seriedad de la oferta y el fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo prescrito por los artículos 31 y 68 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica oficio N° 39.123, de 2017).
En esa misma oportunidad, deberá indicarse que las causales de término anticipado del contrato son las que se expresan en el punto 9.9 de las respectivas bases y no en la cláusula décimo séptima del contrato.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República