Cursa con alcance la resolución N° 6, de 2024, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales
- Fecha
- 17 de enero de 2025
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 21595 art/33, ley 20393 art/8, ley 20393 art/10
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, bases licitación pública
- Cita
- Dictamen N° 891.725 de 2025
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° E575.345 de 2024
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° E8917 Fecha: 17-01-2025 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución del epígrafe, que aprueba las bases de licitación pública para la contratación de servicios de oxigenoterapia, insumos y servicios accesorios para la entrega de oxigenoterapia ambulatoria vinculados a patologías respiratorias GES y no GES entregados en el domicilio de pacientes (adultos y niños), en todos los servicios de salud del país, pero cumple con hacer presente que esa entidad licitante deberá precisar en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, en la respectiva etapa de aclaraciones, que también se pondrá término anticipado al contrato en el evento de producirse la situación prevista en el artículo 33 de la ley N° 21.595, así como en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393 (aplica el oficio N° E575345, de 2024, de este origen).
Asimismo, esta Entidad de Control entiende que el plazo para responder o salvar errores u omisiones formales a través del foro inverso, es el indicado en el anexo N° 1 del calendario de licitación contenido en la bases técnicas, lo que se ha omitido señalar en el artículo 21 de las bases administrativas.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución de la suma.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralora General de la República