Se abstiene de emitir pronunciamiento por la razón que indica y remite presentación al Hospital Militar de Santiago
- Fecha
- 14 de noviembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19880 art/14
- Descriptores
- abstención, ausencia de denegatoria
- Cita
- Dictamen N° 89.090 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 81.355 de 2014
- Aplica Dictamen N° 57.773 de 2014
- Aplica Dictamen N° 31.535 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 89.090 Fecha: 14-XI-2014 Don nombre reservado, en representación, según indica, del Círculo de Suboficiales en Retiro de las Fuerzas Armadas Los Andes, consulta, en primer lugar, si corresponde al Hospital Militar de Santiago enajenar bienes muebles que son dados de baja por haberse cumplido el término de vida útil de los mismos, y en segundo lugar, si la aludida institución está facultada para importar una ambulancia con “algunas garantías aduaneras y/o de impuestos”.
Al respecto, cabe señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa contenida en sus dictámenes N°s. 31.535, 57.773 y 81.355, todos de 2014, entre otros, a esta Entidad Fiscalizadora solo le atañe conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares, en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya dictado una resolución denegatoria o dilatado por parte de la autoridad administrativa, por lo que debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de la materia consultada.
Sin perjuicio de lo anterior, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, cumple con remitir copia de la presentación de la referencia al Hospital Militar de Santiago, para su conocimiento y fines pertinentes.
Transcríbase al Hospital Militar de Santiago.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de la División Jurídica