Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 89.058 de 20159 nov 2015

Facultades del director de hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros para sancionar con término de contrato

Fecha
9 de noviembre de 2015
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
dipreca, facultades cgr, abstenciones
Cita
Dictamen N° 89.058 de 2015

Resumen

Se representa la resolución que sanciona con el término del contrato de trabajo, porque el director no posee esa atribución disciplinaria, al no estar prevista en la delegación de facultades.

Sumario de la Contraloría

Representa resolución N° 395, de 2015, del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por cuanto el director de esa entidad no posee facultades para sancionar disciplinariamente con el término del contrato de trabajo

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 89.058 Fecha: 09-XI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento de la suma, mediante el cual se sanciona con el término del contrato de trabajo al empleado nombre reservado, por cuanto no se ajusta a derecho, toda vez que la aludida jefatura no posee la atribución de finiquitar la relación laboral de dicho servidor en el ejercicio de una atribución disciplinaria, como ocurre en la especie, por no encontrarse expresamente prevista en la resolución N° 179, de 2011, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que delega las facultades que en cada caso se indican, en el director del citado centro de salud, acorde con el pronunciamiento contenido en el dictamen N° 52.539, de 2011, de este origen.

En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo de la suma.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante